Somos conocedores de la desconfianza popular ganada por meritos propios en el entorno de la construcción y financiero, o de las diferencias de valoraciones y/o tasaciones que se pueden dar para un mismo inmueble, sin causa aparente. Por ello en técnicos2 realizamos las tasaciones bien sea “de parte” o “contradictoria”, de forma completamente independiente, sin vinculación con entidades financieras o compañías.
La tasación, es un documento oficial que suscribe un profesional competente (arquitecto-arquitecto técnico) y que tiene como objetivo el de establecer de forma justificada el valor de un bien (fija un precio), de acuerdo con unos criterios previamente establecidos.
Valoración y tasación, términos que comúnmente se confunden o se asocian, si bien no son lo mismo. Como ya se ha indicado valor de tasación se refleja en un certificado oficial, que puede contener observaciones, advertencias o condicionantes, y que ha de realizarse siempre tras una inspección visual del inmueble realizada por el técnico. En la valoración del inmueble, no es necesaria la visita al inmueble de un técnico cualificado dado que los datos son referenciales de inmuebles cercanos y carece de validez legal ante cualquier organismo.
La tasación de un bien está sujeta a una estricta normativa legal que no solo establece los criterios y metodología para realizarla, sino que también establece quien puede hacerla. Esta normativa , que en España la constituye una Orden Ministerial con fecha 30 de noviembre de 1994 emitida por el Ministerio de Economía y Hacienda que es una Norma que establece una metodología concreta, basada en unas definiciones y principios que inspiran su redacción.